Nua Mana

Una nueva aventura

Nuestros Apoderados

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Nuestros Apoderados, trabajando juntos somos un gran equipo

Nuestros apoderados y los apoderadas son parte activa en nuestro grupo, pues son ellos quienes conforman el Comité de Grupo, este organismo tiene como fin apoyar al desarrollo y la gestión del grupo, como también contribuir a generar una tarea educativa integrada y eficaz.

Para lograr esto, nuestros apoderados a través del Comité de Grupo deben facilitar la colaboración en la educación de los niños y jóvenes en Nua Mana, facilitando el diálogo entre padres e hijos, intercambiando opiniones, y teniendo un mayor grado de conocimiento del Proyecto Educativo de la Asociación.

¿Quiénes forman el Comité de Grupo?

Todos nuestros apoderados, madres, padres y apoderados en general de los miembros beneficiarios del grupo son parte del Comité, quienes en el Consejo de Grupo, junto a los dirigentes y guiadoras, tienen la meta de la educación integral de los niños y jóvenes.

Nuestros apoderados y apoderadas eligen en el Comité de Grupo año a año a un presidente y un tesorero, así como un representante por cada rango de edad de las ramas menores (7 a 11 años), intermedias (11 a 15 años) y mayores (15 a 20 años), siempre que éstas no estén representadas en el presidente o tesorero.

Aquellos dirigentes y guiadoras del grupo que fueran parte de nuestros apoderados, es decir, padres de jóvenes miembros de grupo, que ocupen los cargos de responsable de grupo, asistente de grupo, responsable de unidad y asistente de unidad no podrán acceder a cargos ni participar de las reuniones, en su calidad de padres o apoderados del comité de grupo.

Derechos del Comité de Grupo:

  • Determinar, de acuerdo al artículo 69 del Estatuto y al artículo 158 del presente Título VI del Reglamento, el carácter confesional o pluriconfesional del grupo.
  • Solicitar información al Consejo de Grupo sobre las actividades, el método del movimiento y el proyecto educativo que aplica la Asociación
  • Exigir al consejo de grupo guiadoras y dirigentes idóneos, competentes y suficientemente capacitados para la tarea educativa que se las ha encomendado, de acuerdo con la Política de Recursos Adultos.
  • Elegir, de entre sus miembros, una directiva que acoja sus inquietudes, planifique su cooperación y sirva de permanente enlace entre el grupo y los padres.
  • Mantener representantes de comité de grupo, con derecho a voz y voto, ante el Consejo de Grupo. El comité de grupo deberá elegir representantes ante el consejo de grupo, por cada rango de edad de las ramas menores, intermedias y mayores. Al ser el presidente y el tesorero representantes de algunos de estos rangos de edad, solo corresponde elegir para aquellos no representados.

Obligaciones del Comité de Grupo:

  • Conocer el Método del Movimiento, informarse sobre el funcionamiento del Grupo, promover el diálogo con los dirigentes e interesarse por la labor que éstos desarrollan.
  • Aportar al consejo de grupo, sin asumir funciones o atribuciones que le corresponden a éste.
  • Apoyar en la tarea educativa de las guiadoras y dirigentes y otorgar los permisos y facilidades para que sus hijos puedan participar en el programa de las unidades y del grupo.
  • Facilitar la formación de las guiadoras y dirigentes, prestándoles la ayuda que necesiten para concurrir a las actividades de capacitación y formación.
  • Colaborar económicamente, mediante campañas o aportes, cuando la directiva del comité lo solicite.
  • Formar una comisión Revisora de Cuentas al inicio de cada año compuesta por tres apoderados que no hayan ocupado ningún cargo en la directiva en el año a revisar, quienes emitirán un informe por escrito al respecto, en un plazo máximo de 3 meses.
  • Solicitarle la renuncia por razones fundadas a los miembros de las directivas que hayan dejado sus funciones abandonadas o las estén desarrollando de una forma que no ayuda al funcionamiento del Comité ni de la Directiva.